lunes, 9 de junio de 2025

Auditoría Forense, su Ontología

Explorador Interactivo de Auditoría Forense

Auditoría Forense, su ontología

Una disciplina clave que integra contabilidad, investigación y derecho para combatir el fraude y la corrupción, protegiendo la integridad de las organizaciones.

Conceptos Clave

La auditoría forense va más allá de los números. Su propósito es investigar irregularidades para presentar evidencia en contextos legales, operando con un enfoque tanto preventivo como detectivo.

¿Qué es la Auditoría Forense?

Es un proceso integral que amalgama conocimientos de contabilidad, investigación y derecho para descubrir fraudes y corrupción. A diferencia de una auditoría tradicional, no se limita a verificar el cumplimiento de normas, sino que aplica el análisis de hechos financieros a problemas legales. Su objetivo es identificar áreas vulnerables, prevenir delitos y recopilar pruebas robustas para procedimientos judiciales.

Preventiva Detectiva

El Proceso de Investigación Forense

La auditoría forense sigue un proceso estructurado para garantizar la rigurosidad y la validez legal de sus hallazgos. Haga clic en cada fase para ver los detalles.

Centro de Comparación de Auditorías

No todas las auditorías son iguales. La forense se distingue por su propósito, alcance y metodología. El siguiente gráfico ilustra las diferencias clave, y las pestañas inferiores ofrecen un análisis detallado.

El Arsenal del Auditor Forense

Para descubrir fraudes complejos, se emplean técnicas y herramientas especializadas que van más allá de la revisión contable tradicional.

El Valor Judicial del Informe Forense

El resultado de una auditoría forense es un informe que debe cumplir con estrictos estándares para ser válido como prueba en un proceso judicial.

Un Medio de Prueba Crucial

La valoración del informe recae en el juez, quien tiene libertad para analizarlo basándose en la lógica y la experiencia. El informe debe ser completo, preciso y objetivo para que la evidencia sea considerada fiable y con valor probatorio.

Esta aplicación interactiva resume los conceptos clave de la auditoría forense.

Diseñada como una herramienta educativa para la exploración del tema.

miércoles, 7 de abril de 2021

CAMBIOS EN EL DICTAMEN DE AUDITORIA. Construcción Social desde la Regulación Contable

Resumen

El propósito, es indagar sobre la construcción del dictamen de auditoría, en el contexto de la regulación contable. Para ello, se utilizó el análisis documental de investigaciones, artículos publicados en revistas arbitradas y textos académicos. Se trata de interpretar y comprender para generar respuestas a dos interrogantes: (a) ¿Qué cambios ha tenido el dictamen de auditoría, a través del tiempo?; (b) ¿Estos cambios, en el dictamen de auditoría, pueden ubicarse en el contexto prescriptivo de la regulación contable?, El paradigma de investigación es cualitativo, apuntalado en el método hermenéutico, y en la ontología social de Searle. Se concluye que el dictamen de auditoría, como lenguaje distintivo del hecho institucional, surge y se transforma, cuando emergen situaciones críticas que afectan la credibilidad en los actores del escenario económico-financiero. La concreción de una auditoría se simboliza en un dictamen estándar, que se ubica, en un contexto prescriptivo de la regulación contable. Palabras clave: Auditoría, Dictamen de Auditoría, Informe del Auditor, Estados Financieros, Regulación Contable.

Jesús Enrique Cruz

                                                                                                                          jesuscruz2008@gmail.com

miércoles, 18 de abril de 2018

AUDITORÍA CONTINUA COMO HERRAMIENTA DE CONTROL FISCAL: BASES CONCEPTUALES PARA SU APLICACIÓN EN FUNDACITE- LARA.




Este trabajo tiene como propósito analizar los fundamentos teóricos para la implementación de la auditoría continua como herramienta de control fiscal, en FUNDACITE-LARA, mediante las intencionalidades: (1) Enfocar conceptos de auditoría continua a efectos de su categorización; (2) Contextualizar la auditoría continua en el ambito del control fiscal venezolano; (3) Proponer las bases conceptuales para la aplicación de la auditoría continua en Fundacite Lara.

La investigación se enmarcó en el paradigma holístico, usando como herramientas metodológicas, Modelo GLATER, análisis de contenido de Berelson, y estudio de campo, para el cual se utilizó una guía de observación y un cuestionario de 32 ítems, en escala de Likert. Los resultados conllevaron a la identificación de las bases para la construcción de las capacidades para una auditoría continua en la Fundación, de acuerdo a: (a) valorar el efecto del proceso de auditoría continua en la auditoría tradicional; (b) establecer una metodología de trabajo en concordancia con los recursos y las capacidades de la organización y de sus auditores internos; (c) comprender aspectos organizativos específicos, útiles en la aplicación de la auditoria continua. La construcción de estas capacidades aunado a la información recolectada, permitió presentar las bases conceptuales para la aplicación de la auditoría continua en Fundacite-Lara, en el área presupuestaria.







domingo, 28 de enero de 2018

Auditoría II PNF UPTAEB





El Programa analítico de la asignatura Auditoría II en el PNF en Contaduría Pública de la Universidad Politécnica Territorial "Andrés Eloy Blanco". UPTAEB se descarga en el siguiente enlace:

domingo, 7 de enero de 2018

AUDITORIA TRIBUTARIA - INFOGRAFIA

La auditoría tributaria como un examen de los elementos de la obligación tributaria, su concepto, clases, objetivos básicos, etapas y riesgos. Todo en una infografía diseñada en base al libro Auditoría Tributaria de los autores Víctor Alvarado y Jesús Cruz.


miércoles, 19 de noviembre de 2014

ORDEN FRAY LUCA PACIOLI A JESUS ENRIQUE CRUZ

En fecha 07 de Noviembre del 2014, la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela FCCPV,  confirió la Orden Fray Luca Pacioli a los Contadores Públicos del Estado Lara. Lcda. Beatriz H. Restrepo y Lcdo. Jesús Enrique Cruz.


martes, 1 de mayo de 2012

Control y Fiscalización: La percepción del riesgo tributario real.


Control yFiscalización: La percepción del riesgo tributario real.

Lcdo.  Jesús Enrique Cruz
 
El riesgo fiscal existe en las organizaciones sean estas de hecho o de derecho, privadas o públicas, exentas y no exentas, contribuyentes especiales u ordinarios. El riesgo está presente si consideramos que el mismo, es la posibilidad de contingencias por  daños ocasionado a los contribuyentes,  en virtud de la presión tributaria; el incumplimiento de sus obligaciones impositivas; y las consecuencias de sus propias decisiones económicas. A tal efecto las empresas deben  prestan cada vez más atención a las implicaciones fiscales que pueden tener sus decisiones estratégicas, tanto desde el punto de vista de leyes tributarias que obligan a mantener un control interno estricto como desde la acción fiscalizadora del SENIAT, con el extinto  plan evasión cero y ahora con el anunciado Plan Socialista Tributario.

Este tipo de riesgo se define genéricamente como la Percepción del Riesgo Tributario por parte de los contribuyentes, el cual se refiere a la probabilidad de detección (del incumplimiento o de la evasión fiscal) que percibe el contribuyente, por consiguiente se vincula directamente a la eficacia de la Administración Tributaria. El  razonamiento que se utiliza para identificar  este  riesgo es que un mayor esfuerzo por parte de la Administración Tributaria, debería conducir a un nivel de riesgo superior percibido por parte de los contribuyentes. Entendiendo por esfuerzo de la Administración Tributaria  todas las actividades que ésta desarrolla y que pueden afectar al sujeto pasivo: actividades de fiscalización y control, acciones de cobro coactivo, comunicaciones directas a los contribuyentes, y  actividades coordinadas con otras organizaciones del Estado.

No obstante es necesario descomponer el riesgo en: percepción de riesgo y  riesgo real. El riesgo real es la capacidad de la Administración Tributaria para realizar verificaciones y fiscalizaciones que constituyen inspecciones masivas y en profundidad. Mientras que la percepción del riesgo por parte del contribuyente (o riesgo aparente) depende en gran medida de la difusión que la Administración Tributaria realiza sobre sus propias acciones; por ejemplo, el anuncio de un cambio en la tecnología utilizada o, citando un caso más concreto, una reforma que otorga más poderes al ente recaudador, con lo cual, aumenta la percepción de riesgo del contribuyente o también el uso publicitario de las acciones de control fiscal.

En Venezuela la administración tributaria tiene amplias facultades de fiscalización, en el sentido de que, corresponde al Estado a través de los órganos competentes, comprobar y exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Entre esas facultades esta: (i)  Ordenar las providencias administrativas a los fines de cumplir con la fiscalización general sobre uno o varios períodos fiscales o selectiva de uno o varios elementos de la base imponible; (ii) Realizar fiscalizaciones en sus propias oficinas, mediante el estudio de las declaraciones de los contribuyentes y responsables, tomando en consideración la información suministrada por terceras personas relacionadas con el contribuyente fiscalizado; (iii) Exigir de los contribuyentes, responsables y terceros la exhibición de libros y demás documentos relacionados con su actividad contable; (iv) Requerir la comparecencia de las personas en calidad de testigos, para reconocimiento de firmas, documentos o bienes.
La facultad de fiscalización es importante en  la Administración Tributaria para el logro del cabal cumplimiento de las leyes tributarias. Es por ello que fiscalizar conlleva el poder de investigar todos los hechos y datos declarados y los no declarados o que debieron serlo, así como también investigar todos los elementos que directa o indirectamente revelen la existencia de hechos o situaciones que puedan calificarse como hechos imponibles. Ninguna persona natural ni jurídica, pública o privada, pueda negarse a suministrar a la Administración Tributaria la información que ésta le solicite  para determinar conforme  a los requisitos que para estos casos establece la Ley, las obligaciones tributarias de los sujetos pasivos.
También el SENIAT tiene la facultad sancionadora, como lo indica el artículo 93 del Código Orgánico Tributario, el cual establece que “las sanciones, salvo las penas restrictivas de libertad, serán aplicadas por la Administración Tributaria, sin perjuicio de los recursos que contra ellas puedan ejercer los contribuyentes o responsables”,  por lo tanto se justifica esta facultad, para así sancionar  las infracciones tributarias. Adicionalmente la Administración cuenta con un base de datos denominado “Sistema Venezolano de Información Tributaria (SIVIT)”, creado  en el año 1994 como una plataforma necesaria para procesar masivamente la información contenida en las declaraciones de impuestos, recibidas a través del sistema bancario por delegación expresa que hizo la Administración Tributaria venezolana en la Banca Comercial, ahora con mayor apoyo tecnológico con las declaraciones fiscales electrónicas.
Desde ese entonces el Ministerio de Hacienda, ahora Ministerio del Poder Popular para las Finanzas, firmó un convenio con la red bancaria nacional en el que se establece la obligación de la banca comercial, en cuanto a la recepción de las declaraciones tributarias y percepción de los tributos, así como trasmitir al día hábil siguiente de la información diariamente recibida, constituyéndose en el principal medio para la obtención y control de las operaciones realizadas por la población de contribuyentes declarantes.
El SIVIT, está diseñado y estructurado por tres subsistemas, los cuales son administrados de manera directa por el SENIAT, persiguiendo cada uno de estos, objetivos específicos distintos, pero que en esencia se integran para lograr una visión general en el ejercicio del control. Estos subsistemas son:
1.      Registros de Contribuyentes: persigue como objetivo de las características fundamentales de los contribuyentes del país, determinando quienes son, que actividad realizan, y donde se encuentran, permitiendo luego la identificación de las obligaciones  a los cuales están sujetos.

2.      Control de Bancos: permite controlar el cumplimiento de las obligaciones de la banca pactada en el convenio.

3.       Liquidación de Impuestos y Cuenta corriente de los Contribuyentes: Controlar en forma masiva el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, específicamente en cuanto a la oportunidad en la presentación de sus declaraciones y pagos, cuyo plazo se encuentra establecido en cada una de las Leyes especiales Venezolanas.         
Las amplias facultades de fiscalización aunada a la potestad sancionatoria que tiene la administración tributaria, más la organización de un sistema de información de las declaraciones del contribuyente (SIVIT), constituyen elementos objetivos de la percepción de un riesgo real en cuanto al control y fiscalización.


Auditoría Forense, su Ontología

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